HIPOTECA MULTIDIVISAS

                                          Elimine su hipoteca multidivisa                                              pásela a euros y reduzca su capital y su cuota


Las hipotecas multidivisa son un producto en el que el cliente contrata una hipoteca en euros, pero las cuotas de amortización del préstamo y el cálculo del capital se calculan periódicamente en unas divisas diferentes al euro; ya sean los yenes, los francos suizos u otras distintas.

Es otro producto tóxico comercializado por la banca a los consumidores. Se trata de un producto financiero especulativo complejo, apto solamente para clientes expertos en macroeconomía, debido a la importante cuota de riesgo que adquiere el contratante. Si la moneda de referencia no se comporta de manera estable y se produce una revalorización, las amortizaciones de la hipoteca y los tipos de interés se encarecen.

Así ha sucedido recientemente con la decisión del Banco Nacional de Suiza (BNS) de eliminar el tipo mínimo de cambio de 1,20 del franco suizo frente al euro. Esta medida, ha supuesto la revalorización del franco frente al euro en un 18% en un solo día. Circunstancia que ha encarecido del coste de los intereses y aumentado el capital pendiente de amortizar de los préstamos hipotecarios referenciados a esta moneda. 

Se comercializaron entre los años 2006 y 2008 en nuestro país, los argumentos esgrimidos por las entidades financieras para "colocárselas" a la clientela, era que el Euríbor estaba alcanzando valores muy altos y que se preveía una constante en dicho funcionamiento, aprovechando dicha tesitura las entidades financieras comienzan a comercializar las hipotecas multidivisas, mencionando las ventajas de reducir el tipo de interés sin destacar el riesgo de apostar contra la devaluación del euro en plena crisis económica.

De esta forma, todo lo que baje el euro frente a la divisa elegida para ese cálculo, es pérdida para el que contrató la hipoteca, dándose el caso que a día de hoy muchas personas, después de haber pagado durante años muchas de las cuotas a las que se obligaron, deben en una cantidad superior a la que recibieron al contratar la hipoteca. 

Cuando alguien abre una hipoteca en yenes pide al banco yenes y por lo tanto debe devolver al banco yenes, que suben y bajan de cotización cada día respecto al euro (como las acciones en la bolsa). Aquí radican los principales riesgos de una hipoteca en divisas, que cada día se debe un dinero diferente al banco, que la mensualidad varía cada mes y que la deuda puede aumentar sin límite.

Otro peligro al que no siempre se le presta la suficiente atención es pensar que el tipos de interés de cualquier moneda (libor) apenas variarán. al igual que lo hace el euribor, el libor puede subir y complicarnos la vida de forma añadida aunque haya estado años dormido, como en el caso del libor yen.

Según el artículo 2.2 de la Ley del Mercado de Valores es un instrumento financiero derivado relacionado con divisas.

El artículo 79 bis 8 de la Ley del Mercado de Valores dice que es un instrumento financiero complejo frente a lo que alegan los bancos en las contestaciones  a las demandas.

Las entidades prestamistas están obligadas a cumplir los deberes de información que le impone la Ley del Mercado de Valores, deben de explicar de manera comprensible sobre la naturaleza y riesgos del instrumento financiero derivado y complejo (hipoteca multidivisa) que están contratando.

Los Tribunales españoles se han pronunciado, considerando que estamos ante un instrumento derivado al que se aplica la MiFID, norma europea que protege al inversor (muy exigente en cuanto a la información previa que ha de recibir el afectado). El Tribunal Supremo, en sentencia de 30 de junio de 2015, sienta las bases para que los afectados por este tipo de hipotecas defiendan sus intereses y soliciten la nulidad de los efectos abusivos de las mismas, en base a lo siguiente:

  • Que la hipoteca multidivisa es un instrumento financiero complejo que requiere de un especial deber de información para con el cliente.
  • El perfil de cliente es Minorista y por lo tanto debe quedar protegido como tal.
  • Que la Entidad ha vulnerado normativa nacional y comunitaria, al incumplir los deberes de información y de entrega de documentación completa y precisa sobre el funcionamiento, naturaleza y riesgos de la operación. (inclusive, ha vulnerado la Ley de Mercado de valores, cuyas exigencias en cuanto a la información son superiores).
  • La vulneración de la normativa no supone una mera infracción administrativa por parte de la Entidad financiera, sino que supone declarar nula la cláusula multidivisa, por el error en el consentimiento causado al cliente.
  • Sobre que un particular que recibe sus ingresos y tiene sus gastos en euros, y que carece de formación académica y financiera en relación al mercado de divisas, no asumiría conscientemente la posibilidad de deber más de los que recibe, y de obligarse a pagar cuotas cuya cuantificación no puede conocer.

Si usted tiene una multidivisa, y no es experto, ni se le informó ni evaluó debidamente, de acuerdo con la Ley del Mercado de Valores y la normativa europea, que es derecho imperativo, su banco puede ser condenado a devolverle las cantidades cobradas de más, al haber sido calculadas en otras divisas y no en euros, sin que tenga que reembolsar el préstamo de forma anticipada, declarándose la nulidad parcial del contrato sin afectar al préstamo propiamente dicho, que subsistiría como si se hubiera concedido en euros. Si este es su caso acuda a nosotros para que solicitemos judicialmente todo esto.


Martín López Abogados, C/ Juan Sebastián Elcano nº 15, Centro Comercial Radazul PLANTA -1, 38109 El Rosario, Santa Cruz de Tenerife, (+34) 610 08 95 18, martinlopeztfabogados@gmail.com, jmartinlopez@icatf.com.es
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